Art. 52
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 2.ª Políticas de bienestar social

Art. 52

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En vigor desde 19 mar 2010
El Gobierno de Canarias pondrá en marcha acciones para combatir el tráfico y desaparición de personas adultas y menores, así como mecanismos especiales para luchar contra la explotación sexual y el tráfico de mujeres, en coordinación con el resto de las administraciones a nivel internacional, europeo, estatal, insular y local.
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