Art. 28
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª De la igualdad laboral en el sector privado y en la Función Pública canaria§ Subsección 1.ª Igualdad en el ámbito laboral en el sector privado

Art. 28

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En vigor desde 19 mar 2010
Los poderes públicos de Canarias, en el marco de sus políticas de fomento empresarial, contemplarán ayudas específicas a mujeres para la creación de empresas o ayudas al autoempleo. Asimismo, establecerán medidas de formación, asesoramiento y seguimiento que permitan la consolidación de sus proyectos empresariales.
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