Art. 29
Capítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 1.ª Infracciones

Art. 29

29 / 43
En vigor desde 13 sept 2009
Constituyen infracciones leves: a) No comunicar al Registro las causas por las que no se inicia el proceso de mediación en los supuestos de mediación gratuita. b) No informar a las partes, con carácter previo al inicio del proceso, sobre el coste de la mediación en los supuestos de no gratuidad. c) No facilitar a las partes una copia del documento de aceptación, y de los justificantes de las sesiones y de las actas. d) El incumplimiento de cualquier otro deber que incumba a la persona mediadora, contenido en el artículo 16 de la ley, que no esté calificado como infracción grave o muy grave.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-an/l/2009/02/27/1#art-29