Art. 1
1 / 16En vigor desde 29 abr 2008
Se autoriza al Consejo de Gobierno para que proceda a la creación de una empresa pública en materia de gestión de suelo en las condiciones fijadas en la presente Ley, quedando adscrita a la Consejería competente en materia de ordenación de territorio, urbanismo y vivienda.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cm/l/2008/04/17/1#art-1