Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición adicional séptima
70 / 74En vigor desde 14 jun 2007
Las referencias realizadas en la presente Ley a las Administraciones Públicas de la Comunidad se entenderán dirigidas a la Administración de la Comunidad de Castilla y León y a la Administración de las Corporaciones Locales ubicadas en la Comunidad.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cl/l/2007/03/07/1#disposicion-adicional-septima