Título TÍTULO IV
Art. 47
47 / 74En vigor desde 20 sept 2014
La Comisión de Secretarios Generales actuará como órgano colegiado de coordinación interdepartamental de las políticas y medidas dirigidas a la mejora de la calidad de vida de las familias, a propuesta de la consejería competente en la materia.
Se modifica por el de la Ley 5/2014, de 11 de septiembre. Ref. BOE-A-2014-9959
Tus anotaciones
Proeli/es-cl/l/2007/03/07/1#art-47