Art. 69
Capítulo CAPÍTULO V

Art. 69

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En vigor desde 27 abr 2007
Son sujetos responsables de las infracciones en materia de atención y ordenación farmacéutica las personas físicas o jurídicas que por acción u omisión hubiesen participado en aquellas mediando dolo, culpa o mera inobservancia.
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eli/es-as/l/2007/03/16/1#art-69