Art. 1
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 1

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En vigor desde 27 abr 2007
1. La presente ley tiene por objeto la regulación de la atención farmacéutica y la ordenación de los servicios y establecimientos farmacéuticos en el ámbito del Principado de Asturias. 2. El Principado de Asturias, con la colaboración de otras administraciones públicas y entidades públicas y privadas, garantizará a la población, mediante las acciones y mecanismos necesarios, una atención farmacéutica continuada, integral, adecuada y de calidad.
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eli/es-as/l/2007/03/16/1#art-1