Art. Disposición derogatoria única
Título TÍTULO V

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 14 mar 2007
Quedan derogadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha cuantas disposiciones de igual o inferior rango a la presente ley contradigan o se opongan a lo previsto en la misma.
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