Título TÍTULO V
Art. Disposición adicional primera
37 / 42En vigor desde 14 mar 2007
La sesión de constitución del Observatorio Regional para las Energías Renovables se realizará en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de esta ley.
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Proeli/es-cm/l/2007/02/15/1#disposicion-adicional-primera