Art. Disposición transitoria primera

Art. Disposición transitoria primera

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En vigor desde 24 ene 2007
La Academia Gallega de Seguridad Pública asumirá el patrimonio, las obligaciones y los derechos presupuestarios, así como los convenios firmados en materia de seguridad pública por el extinto Centro de Estudios Judiciales y Seguridad Pública de Galicia.
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