Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final segunda
134 / 135En vigor desde 9 sept 2006
La presente Ley entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.
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Proeli/es-ri/l/2006/02/28/1#disposicion-final-segunda