Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 45
45 / 135En vigor desde 9 sept 2006
La intervención técnica comprende la actuación profesional para alcanzar el adecuado ejercicio de las funciones parentales y para la superación de dificultades de integración personal, familiar o social en el ámbito del menor, todo ello con la finalidad de promover el desarrollo y bienestar del mismo.
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Proeli/es-ri/l/2006/02/28/1#art-45