Art. Disposición final segunda
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final segunda

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En vigor desde 21 jul 2006
La presente Ley entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana excepto lo dispuesto en el Título V, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación.
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