Art. Disposición adicional segunda
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección IV. Fiscalización y auditoría

Art. Disposición adicional segunda

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En vigor desde 14 jun 2006
Cuando por Ley de la Comunidad Autónoma sea creada el Área Metropolitana de Barcelona, la Administración General del Estado contribuirá a su financiación en la forma establecida en el párrafo b) del apartado 1 del artículo 153 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
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