Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección IV. Fiscalización y auditoría
Art. Disposición adicional quinta
82 / 87En vigor desde 14 jun 2006
Serán recurribles en alzada ante el Alcalde o Alcaldesa las resoluciones y los actos de trámite emanados de los órganos de distrito que decidan directa o indirectamente el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.
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Proeli/es/l/2006/03/13/1#disposicion-adicional-quinta