Art. 19
Capítulo CAPÍTULO V

Art. 19

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En vigor desde 5 abr 2005
Se crea el Registro de las Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias de Andalucía. En la forma que se determine reglamentariamente, la Consejería competente en la materia inscribirá en este Registro a las organizaciones interprofesionales agroalimentarias que haya reconocido y los acuerdos adoptados por las mismas que le hayan sido notificados.
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eli/es-an/l/2005/03/04/1#art-19