Art. Disposición final tercera
Capítulo CAPÍTULO VIII

Art. Disposición final tercera

38 / 39
En vigor desde 27 may 2004
El Consell de la Generalitat desarrollará reglamentariamente esta ley en el plazo máximo de seis meses desde su aprobación.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-vc/l/2004/05/24/1#disposicion-final-tercera