Título TÍTULO X›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 239
241 / 257En vigor desde 11 jun 2003
La Comunidad Autónoma de La Rioja cooperará con las entidades locales para garantizar el desempeño de las funciones públicas necesarias reservadas a funcionarios con habilitación de carácter nacional.
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Proeli/es-ri/l/2003/03/03/1#art-239