Título TÍTULO X›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 66
74 / 86En vigor desde 14 abr 2019
1. El sistema de información de los servicios sociales de la Administración del Principado de Asturias contendrá toda la información del sistema público de servicios sociales y en especial la relativa a:
a) Derechos y prestaciones.
b) Servicios, programas, recursos, centros y equipamientos.
c) Organismos y entidades públicas y privadas responsables de su gestión y ejecución.
d) Mapas de procesos y procedimientos.
e) La Historia Social Única Electrónica.
2. Se garantizará un sistema de información seguro, actualizado, coordinado, interoperable y accesible a la ciudadanía y a las distintas personas que intervengan en materia de servicios sociales por su cometido profesional.
Se añade por el art. único.3 de la Ley 4/2019, de 15 de marzo. Ref. BOE-A-2019-6663
Tus anotaciones
Proeli/es-as/l/2003/02/24/1#art-66