Art. 61
Título TÍTULO IX

Art. 61

69 / 86
En vigor desde 9 mar 2003
1. El procedimiento administrativo para la imposición de sanciones por la comisión de las infracciones tipificadas en la presente Ley se ajustará al general establecido a tal fin por la Administración del Principado de Asturias. 2. El plazo máximo de resolución y notificación del expediente sancionador en materia de servicios sociales será de 12 meses.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-as/l/2003/02/24/1#art-61