Art. 1

Art. 1

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En vigor desde 31 mar 2003
Se crea el Consejo General de Colegios de Logopedas como corporación de derecho público que tendrá personalidad jurídica y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines con arreglo a la ley.
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eli/es/l/2003/03/10/1#art-1