Art. 1
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 1

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En vigor desde 5 ago 2003
1. Se crea el Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica, adscrito a la Consejería de Agricultura y Pesca, como organismo autónomo que tendrá personalidad jurídica y patrimonio propio, conforme a lo previsto en el artículo 4.1 a) de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía. 2. El ámbito de actuación del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica se extenderá a todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, sin perjuicio de su proyección nacional e internacional en razón de sus objetivos.
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