Art. 118
Título TÍTULO XICapítulo CAPÍTULO V

Art. 118

118 / 135
En vigor desde 18 jul 2002
Constituyen infracciones leves: 1) La cumplimentación incompleta de la obligación de información a las administraciones públicas. 2) La carga de los productos de la pesca fuera de los horarios establecidos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-an/l/2002/04/04/1#art-118