Art. 81
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO VISecc. Sección 2.ª de la racionalización de procedimientos y principios en materia de organización administrativa

Art. 81

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En vigor desde 27 mar 2002
1. La Administración de Extremadura organizará los servicios públicos bajo los principios de eficiencia y calidad, orientándolos a obtener la satisfacción del ciudadano por una resolución ajustada a derecho, rápida e igualitaria. 2. La aplicación de las nuevas tecnologías a la Administración estará orientada a la calidad de la misma y a obtener un servicio público próximo y fácil para el ciudadano. 3. La mejora de los servicios y de la calidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura se llevará a cabo a través de actividades de investigación, desarrollo y aplicación de métodos de simplificación de procedimientos, evaluación de la Administración, mejora estructural de los organigramas, del procedimiento, del trabajo y formación del personal. 4. La Consejería que ejerza las funciones de Presidencia tendrá la competencia de promover, coordinar y dotar de homogeneidad a las actividades de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura que se expresan en el apartado anterior. 5. Cada departamento, bajo la coordinación de la Consejería que ejerza las funciones de Presidencia, deberá ejecutar un plan anual de racionalización e inventario de procedimientos administrativos y calidad en la prestación de servicios.
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