Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 41
41 / 144En vigor desde 27 mar 2002
1. El Presidente de la Junta de Extremadura será políticamente responsable ante la Asamblea.
2. La responsabilidad del Presidente deriva de la moción de censura y la cuestión de confianza que se sustanciarán conforme a lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía y lo que se disponga en el Reglamento de la Asamblea.
3. La delegación temporal de funciones ejecutivas del Presidente en el Vicepresidente o Vicepresidentes, o en un Consejero, no exime a aquél de su responsabilidad política ante la Asamblea.
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Proeli/es-ex/l/2002/02/28/1#art-41