Art. Disposición adicional tercera

Art. Disposición adicional tercera

8 / 10
En vigor desde 22 may 2002
Lo dispuesto en la presente Ley se entiende sin perjuicio de las competencias que la legislación específica atribuye a la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2002/02/21/1#disposicion-adicional-tercera