Art. 23
Capítulo CAPÍTULO V

Art. 23

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En vigor desde 24 mar 2002
La Ley por la que se apruebe la extinción del ente público fijará sus efectos, singularmente los de naturaleza económica y patrimonial, teniendo en cuenta las aportaciones de las partes establecidas en los correspondientes convenios.
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eli/es-as/l/2002/03/11/1#art-23