Art. Disposición transitoria primera

Art. Disposición transitoria primera

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En vigor desde 4 abr 2000
La Comisión gestora de la Delegación Autonómica de la Asociación Española de Fisioterapeutas en la Comunidad Valenciana, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente Ley, aprobará unos estatutos provisionales del Colegio Oficial de Fisioterapeutas de la Comunidad Valenciana, en los que se regule la convocatoria y el funcionamiento de la Asamblea Colegial Constituyente de la que formarán parte todos los profesionales, inscritos en el censo de Fisioterapeutas ejercientes en la Comunidad Valenciana. La convocatoria se publicará en el «Diario Oficial de la Generalidad Valenciana».
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