Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 9
9 / 51En vigor desde 6 abr 1999
En la Comisión Nacional del Mercado de Valores se llevarán los siguientes Registros públicos:
a) Registro de sociedades gestoras de Entidades de Capital-Riesgo.
b) Registro de Sociedades de Capital-Riesgo.
c) Registro de Fondos de Capital-Riesgo.
d) Registro de Participaciones Significativas.
e) Registro de Folletos y Memorias Anuales.
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Proeli/es/l/1999/01/05/1#art-9