Art. 7

Art. 7

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En vigor desde 20 feb 1999
El Gobierno de la Comunidad Autónoma de Cantabria, mediante Decreto, nombrará a los miembros de la Junta Rectora del Parque, con el fin de cumplir las funciones que se le confieren en la Ley 4/1989, de 27 de marzo, y cualesquiera otras que se señalen. En la Junta Rectora deberá figurar la oportuna representación de la Corporación Municipal de Soba, así como la de las Juntas Vecinales que aportan terreno al Parque.
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eli/es-cb/l/1999/02/18/1#art-7