Art. 3
3 / 14En vigor desde 20 feb 1999
1. Los límites geográficos que determinan el perímetro del Parque son los siguientes:
a) En el pico de la «Porra de Mortillano», en el límite de los términos municipales de Soba, Arredondo y Ruesga, se sitúa el punto inicial del Parque, que coincide con el punto más septentrional del mismo. Desde aquí, y siguiendo dirección sur la línea divisoria del perímetro del Parque se junta y superpone con la carretera de Arredondo a Espinosa de los Monteros, a la altura de su punto kilométrico 8.
b) Desde este punto, la línea que delimita el Parque sigue hacia el sur, coincidiendo con el trazado de dicha carretera hasta llegar al alto del puerto del «Portillo de la Sía».
c) Desde el punto anterior, se cambia la dirección al oeste, siguiendo el límite con la provincia de Burgos, hasta llegar al «Alto de la Inmunia».
d) Desde este punto, se cambia la dirección hacia el norte-noroeste, hasta alcanzar el pico denominado «Peña Lusa», y seguidamente hacia el noroeste siguiendo el límite de la línea divisoria con la provincia de Burgos hasta llegar a la altura de las «Cabañas de Brenia», en cuyo punto la dirección cambia al norte, y por el este del «Picón del Fraile» llega a «Mota la Fuente», y desde aquí, bordeando el Picón del Fraile, la dirección cambia primero al oeste y después al suroeste hasta enlazar de nuevo con la línea divisoria de la provincia de Burgos, a la altura del pico de «La Mota». Desde aquí, y siguiendo la citada línea divisoria, se continúa hacia el sur y luego hacia el oeste hasta llegar al «Alto del Resbaladero».
Todo el trayecto indicado en el párrafo anterior sigue la línea divisoria de Cantabria con la provincia de Burgos, excepción hecha del área ocupada por el «Picón del Fraile» que corresponde a Cantabria, que se excluye de la delimitación del Parque.
e) Desde el último punto indicado se cambia en dirección norte, siguiendo la línea divisoria de las cuencas de los ríos Asón y Miera, y pasando por el «Cerro de Cuesta el Veinte», «Cerro de las Pizarras» y «Alto de Carrillo», para llegar al punto denominado «Alto de la Mina», lugar donde coinciden los términos municipales de Soba, Ruesga y Arredondo.
f) A partir de este punto se toma la dirección este, siguiendo la línea divisoria de los términos municipales de Soba y Arredondo y coincidiendo con el curso del «Arroyo Rolacia» hasta su desembocadura en el río Asón, punto donde se encuentra la cota más baja del Parque. En este punto, antes de cruzar el río Asón, la línea divisoria hace un arco, primero hacia el sur-sureste y después hacia el norte-nordeste, con el fin de excluir del perímetro del Parque las viviendas, instalaciones y cabañas del barrio de Asón que se encuentran en esa zona. Alcanzado el punto más al sur de este arco, se cruza primero el río Asón y luego la carretera de Arredondo a Espinosa de los Monteros y se sigue en dirección norte-nordeste hasta llegar de nuevo a la línea divisoria de los términos municipales de Soba y Arredondo. En ese punto, se gira al este, siguiendo esta línea divisoria hasta alcanzar el pico de «La Porra de Mortillano», coincidiendo con el punto inicial o de partida descrito en el párrafo a) de este artículo, y cerrando el perímetro del Parque.
2. Se publicarán en el «Boletín Oficial de Cantabria» los documentos cartográficos correspondientes, con las escalas precisas para la delimitación exacta del perímetro del Parque.
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Tus anotaciones
Proeli/es-cb/l/1999/02/18/1#art-3