Art. 24
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 24

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En vigor desde 25 abr 1999
Los inspeccionados tienen derecho a poder recurrir de forma eventual a un contraperitaje de las pruebas o muestras tomadas en la inspección.
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eli/es-ib/l/1999/03/17/1#art-24