Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
1 / 30En vigor desde 13 ene 1997
La presente Ley tiene por objeto la regulación de la venta ambulante caracterizada por efectuarse fuera de un establecimiento comercial permanente, de acuerdo con los requisitos y condiciones previstos en la presente Ley; el Real Decreto 1010/1985, de 5 de junio, y demás normativa aplicable.
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Proeli/es-md/l/1997/01/08/1#art-1