Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 23
Derogado23 / 28En vigor desde 10 abr 1996
Contra las resoluciones dictadas en cumplimiento de lo establecido en esta Ley podrán interponerse los recursos correspondientes, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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Proeli/es-ga/l/1996/03/05/1#art-23