Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 7
7 / 33En vigor desde 29 jun 1996
Los órganos de gobierno de las Cámaras Agrarias son el Pleno, el Presidente y la Comisión Ejecutiva. Sus miembros no percibirán retribución fija alguna por el desempeño de su cargo.
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Proeli/es-cm/l/1996/06/27/1#art-7