Art. 28
Capítulo CAPÍTULO VII

Art. 28

Derogado30 / 39
En vigor desde 5 sept 1996
El Decreto de convocatoria de elecciones a Cámaras Agrarias fijará los gastos del proceso electoral y su financiación, así como sus mecanismos de control.
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eli/es-cl/l/1995/04/06/1#art-28