Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 17
17 / 50En vigor desde 14 jul 1994
Reglamentariamente se establecerán las normas técnicas y de diseño básicas a las que deben ajustarse los correspondientes proyectos de edificación, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en este capítulo.
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Tus anotaciones
Proeli/es-cm/l/1994/05/24/1#art-17