Título TÍTULO PRELIMINAR
Art. 1
1 / 50En vigor desde 14 jul 1994
La presente Ley tiene por objeto, garantizar en proyectos futuros la accesibilidad y la utilización del entorno urbano, de edificios, medios de transporte y sistemas de comunicación sensorial, a las personas con movilidad reducida o que padezcan temporal o permanentemente alguna limitación, así como la eliminación progresiva de las barreras que existan.
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Proeli/es-cm/l/1994/05/24/1#art-1