Capítulo CAPITULO III
Art. 10
10 / 22En vigor desde 1 jul 2012
1. El personal de la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias se regirá por las normas de Derecho Laboral.
2. La persona titular de la Secretaría General de la Escuela estará sujeta al régimen de incompatibilidades previsto en la legislación vigente.
3. La persona funcionaria designada como titular de la Secretaría General de la Escuela pasará a la situación administrativa de servicios especiales.
Se modifica por el .4 de la Ley 4/2012, de 25 de junio. Ref. BOE-A-2012-9282
Tus anotaciones
Proeli/es-cn/l/1993/03/26/1#art-10