Art. 58
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección II. De la autonomía económico-financiera

Art. 58

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En vigor desde 26 feb 1993
Reglamentariamente se determinará la estructura del presupuesto de los centros docentes de la escuela pública vasca y su modelo de gestión contable integral y de tesorería.
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