Título TÍTULO III
Art. 14
14 / 33En vigor desde 23 abr 1993
Todas las administraciones públicas en el territorio de Galicia habrán de cooperar en el desarrollo de las medidas de defensa y protección de los animales y en la denuncia ante los órganos competentes de cualquier actuación contraria a lo dispuesto en esta Ley.
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Proeli/es-ga/l/1993/04/13/1#art-14