Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 38
38 / 66En vigor desde 2 ago 1992
El Servicio de Salud del Principado de Asturias formará un inventario de bienes y derechos, propios, afectados o adscritos que permita conocer en todo momento la naturaleza y características, así como el uso y destino de los mismos.
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Proeli/es-as/l/1992/07/02/1#art-38