Art. 13
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 13

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En vigor desde 28 feb 1992
La aprobación del Programa llevara aparejada la declaración de utilidad pública e interés social, la necesidad de ocupación y el procedimiento de urgencia, a los efectos de la expropiación forzosa
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eli/es-ar/l/1992/02/17/1#art-13