Art. 97
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO I

Art. 97

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En vigor desde 27 mar 1991
Corresponde a la Consejería de Hacienda, Economía y Planificación fiscalizar el buen fin de las adscripciones y promover, en su caso, la reincorporación de los bienes adscritos al patrimonio del Principado de Asturias.
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