Capítulo CAPITULO IV
Art. Disposición adicional tercera
33 / 34En vigor desde 22 dic 2010
En lo no dispuesto en esta ley en relación con el régimen electoral de la Comarca de El Bierzo, será de aplicación la Ley Orgánica de Régimen Electoral General.
Se añade por el art. único.24 de la Ley 17/2010, de 20 de diciembre. Ref. BOE-A-2011-403
Tus anotaciones
Proeli/es-cl/l/1991/03/14/1#disposicion-adicional-tercera