Art. Disposición adicional tercera
Capítulo CAPITULO IV

Art. Disposición adicional tercera

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En vigor desde 22 dic 2010
En lo no dispuesto en esta ley en relación con el régimen electoral de la Comarca de El Bierzo, será de aplicación la Ley Orgánica de Régimen Electoral General. Se añade por el art. único.24 de la Ley 17/2010, de 20 de diciembre. Ref. BOE-A-2011-403

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Pro

eli/es-cl/l/1991/03/14/1#disposicion-adicional-tercera