Art. Disposición final
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición final

15 / 15
En vigor desde 18 may 1987
El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha, a propuesta del Consejo Asesor de RTVE, aprobará el Reglamento de ejecución y desarrollo de la presente Ley en el plazo máximo de tres meses.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cm/l/1987/04/07/1#disposicion-final