Capítulo CAPÍTULO I
Art. 3
3 / 15En vigor desde 18 may 1987
El Consejo Asesor de Radio y Televisión Española en Castilla-La Mancha tendrá naturaleza de órgano del Ente Público RTVE, con el doble carácter de órgano asesor del Delegado territorial de RTVE en la Comunidad Autónoma y representante de los intereses de esta en el citado Ente Público de ámbito nacional, en el marco del Estatuto de la Radio y Televisión.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 147, de 20 de junio de 1987. Ref. BOE-A-1987-14349
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Proeli/es-cm/l/1987/04/07/1#art-3