Art. 2
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 2

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En vigor desde 18 may 1987
El Consejo Asesor creado por la presente Ley tendrá como denominación oficial «Consejo Asesor de Radio y Televisión Española en Castilla-La Mancha».
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eli/es-cm/l/1987/04/07/1#art-2