Art. 7
Título TÍTULO IICapítulo Juntas Electorales

Art. 7

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En vigor desde 15 ene 1986
Integran la Administración Electoral, la Junta Electoral Central, la Junta Electoral de Andalucía, las Provinciales y de Zona, así como las Mesas Electorales.
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eli/es-an/l/1986/01/02/1#art-7